Las principales funciones de la
Agencia son el estudio y seguimiento epidemiológico y microbiológico
de las enfermedades de transmisión alimentaria; proponer a las
Administraciones competentes la elaboración de normas que afecten a
la seguridad alimentaria; evaluar los riesgos de los nuevos
alimentos, ingredientes y procesos; la gestión de la red de alerta
alimentaria y las autorizaciones de productos fitosanitarios.
La puesta en marcha de la Agencia
dependía de la elaboración del citado estatuto, resultado de una
larga negociación entre los ministerios de Sanidad, Agricultura,
Administraciones Públicas y Hacienda. Finalmente, el principal punto
de enfrentamiento (el control ministerial del organismo) se resolvió en
favor del Departamento presidido por Celia Villalobos.
El estatuto, que está ya en manos del
sector agroalimentario, deja expresamente especificado que la
dirección estratégica, la evaluación y el control de los resultados
de esta Agencia (cuyo presidente será nombrado por el Gobierno a
propuesta de la ministra) dependerán de Sanidad. El cargo
de presidente, con rango de subsecretario, es uno de los tres órganos de
dirección de este organismo. Los otros dos son el Consejo de Dirección y
la Dirección Ejecutiva.
Consejo de Dirección
El estatuto en vías de
elaboración precisa que el Consejo de Dirección estará formado
por doce vocales. Cuatro de ellos serán designados por
Sanidad, Agricultura, Ciencia y Medio Ambiente, y otros cuatro serán
propuestos por las Comunidades Autónomas (dos a través del
Consejo Interterritorial de Salud y dos por la Conferencia Sectorial de
Agricultura y Desarrollo). Además, la Federación Española de
Municipios y Provincias propondrá dos vocales y uno el Consejo de
Consumidores y Usuarios, que serán elevados a Sanidad para su
aprobación.
El último de los doce vocales
será el encargado de representar a las organizaciones dedicadas a la
producción, transformación y distribución de alimentos.
Al frente de este Consejo de Dirección
estará el presidente de la Agencia, que además tendrá dos
vicepresidentes designados por el Ministerio de Agricultura.
El cargo de los miembros del Comité de
Dirección será de cuatro años, renovables por otros cuatro, y entre sus
principales funciones destaca el establecimiento de las líneas
generales de actuación de la Agencia. Además, este Comité
participará tanto en la aprobación de los presupuestos y como en la
difusión de dictámenes de la Agencia. Por último, el organismo
dispondrá de un director ejecutivo, con rango de director general, que
se encargará del funcionamiento diario.
Por otra parte, la Agencia de
Seguridad Alimentaria tendrá varios organismos de asesoramiento y
coordinación, entre ellos una comisión institucional, que velará por
asegurar la cooperación entre todas las Administraciones, y un
consejo consultivo, con veinte miembros de organizaciones sociales,
económicas y profesionales.
Riesgo alimentario
La Agencia contará además con un
comité científico, que asumirá la evaluación del riesgo
alimentario, y que estará integrado por veinte investigadores de
prestigio en el ámbito de la seguridad alimentaria. Habrá tres
expertos en toxicología alimentaria y -a razón de dos por
especialidad- microbiólogos o virólogos, especialistas en
epidemiología, biotecnología, alergología e inmunología, nutrición,
farmacología, tecnología alimentaria y análisis e instrumentación.
Los veinte científicos ocuparán sus puestos durante dos años,
renovables, y serán seleccionados por el Consejo de Dirección, a
propuesta del presidente. De este Comité dependerá la elaboración de
informes sobre riesgos alimentarios.
Centro de Alimentación
La creación de la Agencia de
Seguridad Alimentaria (que se instalará en los terrenos de la Ciudad de
Salud, tras un acuerdo entre Sanidad y el Ayuntamiento de Majadahonda,
Madrid) conlleva la desaparición en Sanidad y Agricultura de varios
departamentos, que quedarán asociados al nuevo organismo.
Así, se creará una secretaría general,
una subdirección general de gestión de riesgos alimentarios, una
subdirección general de coordinación de alertas alimentarias y una
subdirección general de coordinación científica. También se pondrá en
marcha el Centro Nacional de Alimentación, que asumirá funciones de
apoyo científico y de control de los análisis en laboratorio, siendo la
unidad de referencia en todo el territorio.
_____________________
Noticias relacionadas:
*
La puesta en marcha de la
Agencia Alimentaria se retrasa por disputas entre Sanidad y Agricultura
(22.04.02)
*
Vence
el plazo para la puesta en marcha de la
Agencia Española de Seguridad Alimentaria (16.01.02)
*
Los ministros de
Agricultura de la UE aprueban la puesta en marcha de la Agencia
Alimentaria Europea (22.01.02)
*
El Congreso aprueba por unanimidad crear la Agencia Española de
Seguridad Alimentaria (22.06.01)
*
El Parlamento Europeo aprueba
la creación de la autoridad europea de seguridad alimentaria (13.06.01)
* Barcelona será candidata a
albergar la Agencia Europea de Seguridad Alimentaria (25.05.01)
* Consenso total
para la creación de la Agencia Española de Seguridad Alimentaria
(27.04.01)
* La Comisión de
Sanidad del Congreso aprueba el proyecto de la Agencia de Seguridad
Alimentaria (19.04.01)
* La futura Agencia de Seguridad
Alimentaria controlará la calidad de los alimentos (28.02.01)
* Nace la Agencia de Seguridad
Alimentaria para promover el control de los alimentos (18.12.00)
*
¿Qué es la Agencia de Seguridad Alimentaria?