Seguridad Pública y
Protección Civil
Una
nueva ley permite la aplicación de juicios rápidos
La nueva
legislación establece un plazo máximo de 15 días para el enjuiciamiento
de los delitos y de 72 horas para las faltas
El pasado 28 de octubre,
el Boletín Oficial del Estado (BOE) hizo pública la reforma de la Ley
de Enjuiciamiento Criminal, que permite la implantación de los juicios
rápidos.
Éstos se aplicarán a los
delitos flagrantes de lesiones, coacciones, amenazas o violencia
doméstica, hurto, robo; hurto y robo de uso de vehículos; y delitos
contra la seguridad del tráfico.
Para los delitos, la
nueva legislación establece un período máximo de 15 días para su
enjuiciamiento, mientras que para las faltas es de 72 horas.
El ministro de Justicia,
José María Michavila, ha recordado en el Congreso de los Diputados que
"los juicios rápidos se pondrán en marcha en seis meses, para lo
cual se están elaborando preparativos, para que el día que la Ley entre
en vigor haya medios personales suficientes".
Por su parte, Carlos
Carnicer, presidente del Consejo General de la Abogacía Española,
considera "esperanzadora" la reforma, aunque pide medios humanos y
materiales para llevarla a cabo. Carnicer señala que "la Ley de
Enjuiciamiento es antiquísima; se le han ido poniendo parches a lo largo
del tiempo, pero, en general no responde a la realidad", por lo que
consideró la reforma como "positiva".
Indicó que "mejor que
hablar de juicios rápidos, porque la justicia no es lenta ni rápida sino
que lleva su tiempo propio, habría que hablar de juicios inmediatos, ya
que se juzga al delincuente inmediatamente después de ser detenido en
delito flagrante".
Según Mariano
Fernández Bermejo, fiscal jefe de Madrid, la reforma es una "fórmula de
película tomada del modelo norteamericano" que en España "no va a
reportar ninguna ventaja. Estamos apañados si el Gobierno español
toma como referencia el modelo norteamericano, en suma, el del país
donde más inseguridad existe", agregó.
Las críticas del fiscal
de Madrid se unen a las pronunciadas por el fiscal jefe anticorrupción,
Carlos Jiménez Villarejo, quien criticó al fiscal general del Estado por
"llevar al ministerio fiscal a un clima de oscurantismo y falta de
transparencia". Además, añade, "es necesario que se regule la relación
entre los fiscales jefes de los respectivos Tribunales Superiores de
cada Comunidad Autónoma y los correspondientes parlamentos". Asimismo,
achacó a Jesús Cardenal el "ejercer un control sofocante".
Noticias relacionadas:
*
Francia
aprueba la ley de seguridad que tipifica nuevos delitos urbanos y
castiga con cárcel la mendicidad (24.10)
*
El Congreso da luz verde a la celebración de
juicios rápidos para combatir la delincuencia (04.10)
*
Casi el 40% de los robos en joyerías de toda
España ocurre en Madrid (30.09)
*La
Policía inicia las actuaciones del nuevo plan antidelincuencia (27.09)
*Francia y España vuelcan
sus presupuestos en Justicia, Defensa y la lucha contra la inseguridad
(26.09)
*El
paro, el terrorismo y la inseguridad son los principales problemas
para los ciudadanos españoles (23.09)
*Más de 200.000 agentes de policía para el Plan
de Seguridad
(20.09)
*El policía municipal de
San Sebastián detenido espiaba para ETA mientras trabajaba (19.09)
Fuente: La Gaceta
04.11.02