Seguridad de la
Información y Protección de Datos
Una
encuesta de la UE coloca a España en cabeza de la retención de datos
telemáticos
Sólo Gran Bretaña,
Irlanda y Holanda han desarrollado leyes similares a la española. El
Ministerio de Ciencia y Tecnología estudia reducir, de un año a seis
meses, la obligación de almacenar los datos del tráfico en Internet
A pesar de
las protestas en España, Alemania, Gran Bretaña e incluso dentro de la
burocracia europea, un cuestionario, encargado el pasado verano por la
presidencia danesa de la Unión Europea (UE), revela que en todos los
estados miembros se empiezan a aplicar los principios de retención de
datos de tráfico de Internet, previstos por la Directiva sobre la
Privacidad y Comunicaciones Electrónicas. España va a la cabeza en la
retención de datos telemáticos.
El cuestionario, encargado por la presidencia danesa de la Unión el
pasado verano, fue publicado en la Red la semana pasada y sitúa a España
en cabeza de la retención de datos telemáticos.
El sondeo inquiere sobre aspectos de la regulación y práctica en el
almacenamiento de datos de los usuarios de telecomunicaciones (desde
dónde se conectan a Internet, a qué horas, cuánto tiempo, dónde van, a
quién envían mensajes...).
Las respuestas de los gobiernos muestran que la mayoría están ya
implementando la normativa, a pesar de las críticas de los
Comisionados Europeos de Protección de Datos, que ven 'una invasión de
los derechos fundamentales'.
Todos los estados, excepto Francia, Grecia, Luxemburgo y Portugal,
respondieron al cuestionario, que consta de siete preguntas. A la
primera, '¿Su país cuenta con una legislación especial sobre retención
de datos?', España dice: 'Sí, para facturación, marketing y quejas del
consumidor, además del artículo 12 de la Ley de Servicios de la Sociedad
de la Información y Comercio Electrónico, que prevé la retención de
datos por razones de seguridad nacional e investigaciones criminales. En
este caso, sólo se guardará la información necesaria para facilitar la
localización del terminal empleado, sin afectar en ningún caso a la
confidencialidad de las comunicaciones'.
De un año a
seis meses
El Ministerio de Ciencia y Tecnología estudia reducir esta exigencia
de almacenamiento de datos de un año a seis meses dentro de la
revisión que está haciendo del plan Info XXI. Sólo en Gran Bretaña,
Irlanda y Holanda la aplicación de la directiva está tan avanzada como
en España. El resto discute aún la adaptación de sus leyes, que
prevén ya la retención de datos telefónicos. El tipo de información
monitorizada es similar en todos los estados, así como el tiempo de
almacenamiento, que oscila entre tres meses y tres años.
En España, se guardan durante un año 'el número de identidad del
cliente, su dirección y tipo de terminal, número de unidades facturadas,
número del cliente que recibe la llamada, tipo y duración de ésta,
fecha, localización del terminal y fuente de los datos'.
La orden judicial o fiscal es el procedimiento para que las autoridades
obtengan esta información, excepto en Irlanda, donde la orden puede
venir de un jefe superintendente de la policía o un coronel, y en
Suecia, donde es suficiente que lo pida la policía.
En Alemania, proveedores, hospitales, hoteles y empresas deberán dar
datos y monitorizar a sospechosos y quien se relacione con ellos,
aunque no existe obligación de guardar información, a partir del
1 de enero.
A la pregunta de si ha habido obstrucción a las autoridades por parte de
los operadores, al no haber legislación, la mayoría responde
afirmativamente. Bélgica dice: 'No está claro qué datos deben retener y
cuáles deben dar a las autoridades. Los problemas son:
proveedores que evaden sus obligaciones legales instalando su
infraestructura técnica en otras regiones geográficas; el uso anónimo
en cibercafés y bibliotecas; las empresas que dan acceso a
empleados y no retienen sus datos; las cuentas gratuitas que no
requieren identificación; los ISP virtuales que subcontratan a un
proveedor; los proxies que no graban datos; los anonimizadores y la no
sincronización de los relojes de los proveedores'.
El diálogo gobierno-proveedores es fluido, según la encuesta, en
los estados, donde la principal reticencia de la industria es quién
debe pagar los costes de almacenamiento. El Gobierno italiano es el
único que está considerando encargarse de una parte. España responde a
esta cuestión: 'Hay conversaciones con las empresas y con los usuarios.
Los proveedores no están familiarizados con los detalles del artículo 12
de la ley y han expresado sus reticencias frente al posible coste'.
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Fuente: CiberPaís
(07-11.2002)