Seguridad
Corporativa y Protección del
Patrimonio
Puertos
del Estado desarrolla un Plan de Protección para pasajeros en los
puertos comerciales españoles
La medida viene
determinada de acuerdo con las directrices de la Organización marítima
Internacional
Las
27 Autoridades Portuarias dependientes del Estado han recibido un
documento remitido por el Ente Público Puertos del Estado en el que se
detallan las directrices a seguir para la preparación de los
correspondientes Planes de Protección Portuaria. Los Planes tienen
como objetivo el establecimiento de un sistema de gestión de la
seguridad en las terminales portuarias para el control de los riesgos
derivados de actos de naturaleza antisocial o ilícita que pudieran
afectar a la seguridad de los pasajeros, de las tripulaciones y de los
buques, tales como terrorismo, piratería, y otros de naturaleza similar.
Las
medidas aplicadas, aún respondiendo con eficacia a su objetivo,
deberán causar los mínimos inconvenientes a pasajeros, buques y
mercancías, teniendo en cuenta la evaluación específica de la
posible amenaza, así como las condiciones y las circunstancias locales.
Además, se firmarán convenios de colaboración con otros organismos
competentes en temas de seguridad.
El Plan de Protección
del Puerto, que coordinará los Planes de protección de las distintas
instalaciones Portuarias, establecerá las medidas de seguridad
aplicables a toda la zona portuaria. De este modo, se contempla la
instalación de medidas y equipos para evitar que se introduzcan armas a
bordo de los buques, controles de acceso a los buques, procedimientos
para dar respuesta a las amenazas contra la seguridad, formación del
personal de seguridad, realización de simulacros, etc. Un Comité de
Protección Portuaria, coordinado por las diferentes Autoridades
Portuarias, se encargará de la elaboración de los diferentes Planes.
Una vez que cada puerto
disponga del correspondiente Plan, se aplicará una Tasa Portuaria de
Seguridad del Pasaje para pasajeros y vehículos con régimen de carga
cuando viajen en buques mixtos de carga y pasaje, aprobada por el
Gobierno el pasado mes de diciembre, cuyas cuantías oscilan entre un
mínimo de 0,2 € para pasajeros en régimen de transporte y 2 €
para vehículos en régimen de carga, con la que se cubrirán parte de
los gastos que impliquen la adopción de dichas medidas de seguridad.
Un antes y un
después del 11 de septiembre de 2001
Aunque el ámbito de la
seguridad marítima se halla bien establecido en un marco normativo bien
definido, durante los últimos años se ha desarrollado una
importante labor reguladora en el ámbito de la seguridad marítima.
En la XXII Asamblea de la
OMI (Organización Marítima Internacional), en diciembre de 2001, y como
consecuencia del ataque terrorista sufrido por Nueva York el 11 de
septiembre, se adoptó la resolución sobre la revisión de medidas y
procedimientos para prevenir actos terroristas, destacando: la
instalación de un sistema de identificación automático a bordo de los
buques, planes de protección de los buques e instalaciones mar a dentro,
designación de un oficial de protección de buque y un oficial de
Compañía para protección marítima, planes de protección de instalaciones
portuarias, evaluaciones de vulnerabilidad de los puertos, información
del buque, la carga y las personas, inspección de contenedores, etc.
En el futuro, la OMI
continuará avanzando en la aplicación de medidas de seguridad en las
terminales portuarias, incluidas la mercancías.
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Fuente: Puertos
(01.11.2002)