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Jueves, 24 de octubre de 2002


Seguridad de la Información y Protección de Datos

La Agencia de Protección de Datos alerta de la escasa seguridad de los datos en los concursos de TV

Durante el Plan de Inspección se ha constatado que una de las principales vías de obtención de datos personales relativos a la audiencia son las líneas 906

La Agencia de Protección de Datos (APD), en una campaña de inspección a 19 entidades relacionadas con el mundo de la televisión, ha constatado que no existen garantías sobre el tratamiento de los datos personales suministrados en concursos televisivos, a través del 906, SMS o Internet.

«Al ciudadano no se le informa de manera completa a la hora de recabar sus datos personales -a través de Internet, llamadas a líneas telefónicas 906 y SMS o mensajes de móviles- cuando participa en procesos de selección o en concursos, juegos y sorteos de televisión», informó la APD. En algunos casos el telespectador que realiza su llamada telefónica puede sentirse indefenso al no tener conocimiento de los destinatarios concretos de los datos que facilita, ni de la finalidad con que podrían ser tratados al margen de lo que la ha justificado.

La consecuencia inmediata de la falta de una información clara en la recogida de datos personales, según la APD, es que se pueden ver vulnerados los derechos de los ciudadanos, ya que estos no saben la entidad que se hace responsable del fichero, ni el domicilio al que pueden dirigirse para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición y cancelación.

En su campaña, la APD ha inspeccionado 19 entidades, entre ellas cinco compañías que prestan el servicio público de televisión, cuatro productoras de programas televisivos, cinco especializadas en servicios de valor añadido (audiotex y recepción de SMS) y otras tres que prestan servicios diversos. Durante el Plan se ha constatado que una de las principales vías de obtención de datos personales relativos a la audiencia son las líneas 906, en las que se deben facilitar nombre, apellidos, teléfono de contacto, edad, población y en ocasiones domicilio, estado civil y DNI.

En el caso de los mensajes SMS no se entiende que se reclamen otros datos que no sea el propio teléfono y es evidente que su solicitud tiene como consecuencia una mayor duración de la llamada y así un mayor importe en la factura telefónica del participante y mayores ingresos económicos para la compañía de audiotex y el contratante del servicio.

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Fuente: ABC
(22.10.2002)

 

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