Seguridad de la
Información y Protección de Datos
La
Agencia de Protección de Datos alerta de la escasa seguridad de los
datos en los concursos de TV
Durante el Plan de
Inspección se ha constatado que una de las principales vías de obtención
de datos personales relativos a la audiencia son las líneas 906
La Agencia de
Protección de Datos (APD), en una campaña de inspección a 19
entidades relacionadas con el mundo de la televisión, ha constatado que
no existen garantías sobre el tratamiento de los datos personales
suministrados en concursos televisivos, a través del 906, SMS o
Internet.
«Al ciudadano no se le informa de manera completa a la hora de recabar
sus datos personales -a través de Internet, llamadas a líneas
telefónicas 906 y SMS o mensajes de móviles- cuando participa en
procesos de selección o en concursos, juegos y sorteos de televisión»,
informó la APD. En algunos casos el telespectador que realiza su llamada
telefónica puede sentirse indefenso al no tener conocimiento de los
destinatarios concretos de los datos que facilita, ni de la
finalidad con que podrían ser tratados al margen de lo que la ha
justificado.
La consecuencia
inmediata de la falta de una información clara en la recogida de
datos personales, según la APD, es que se pueden ver vulnerados los
derechos de los ciudadanos, ya que estos no saben la entidad que se
hace responsable del fichero, ni el domicilio al que pueden dirigirse
para ejercer sus derechos de acceso, rectificación, oposición y
cancelación.
En su campaña, la APD ha inspeccionado 19 entidades, entre ellas
cinco compañías que prestan el servicio público de televisión, cuatro
productoras de programas televisivos, cinco especializadas en servicios
de valor añadido (audiotex y recepción de SMS) y otras tres que prestan
servicios diversos. Durante el Plan se ha constatado que una de las
principales vías de obtención de datos personales relativos a la
audiencia son las líneas 906, en las que se deben facilitar nombre,
apellidos, teléfono de contacto, edad, población y en ocasiones
domicilio, estado civil y DNI.
En el caso de los mensajes SMS no se entiende que se reclamen otros
datos que no sea el propio teléfono y es evidente que su solicitud tiene
como consecuencia una mayor duración de la llamada y así un mayor
importe en la factura telefónica del participante y mayores ingresos
económicos para la compañía de audiotex y el contratante del servicio.
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Fuente: ABC
(22.10.2002)