Seguridad
Corporativa y Protección del
Patrimonio
Un
informe pericial del sindicato ANP concreta 10 fallos de seguridad en la
comisaría malagueña
Los policías que custodiaban los calabozos
incendiados reconocen al juez que dejaban fumar
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Los
inmigrantes, a su llegada al puerto de Málaga el 26 de diciembre.
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El abogado de una de las víctimas del incendio en la comisaría
de Málaga y presidente de Andalucía Acoge, José Luis
Rodríguez, entregó el martes al juez que instruye la causa
penal un informe pericial de 17 páginas encargado por el sindicato
Asociación Nacional de Policía (ANP) en el que se establecen
hasta 10 fallos de seguridad en los calabozos. Sobre el fuego del 27
de diciembre, que le costó la vida a siete personas, el perito afirma
que "el 71,3% de las incendios en prisiones y calabozos son intencionados",
que no existía un plan de evacuación y que no funcionó
el alumbrado de emergencia.
Los simulacros de incendios se deben realizar al menos una vez
al año, pero no se hacía así en la comisaría
de Málaga. El personal de servicio en los calabozos carecía
de los conocimientos básicos y no estaba preparado para reaccionar
eficazmente en caso de incendios. El funcionario que ese día estaba
en al cargo de los detenidos no efectuaba dicho servicio de forma habitual.
No está acreditado que existiera un plan de emergencias y evacuación
supervisado por el departamento de Bomberos de la ciudad, como establece
la ley de Protección Civil.
Éstos son algunos de los fallos reflejados en el informe
de un perito, visado por el Colegio de Ingenieros Técnicos Industriales
y entregado el martes al juez Luis Moreno, que instruye la causa penal por
el incendio en los calabozos de la comisaría de Málaga, en
una celda de 30 metros cuadrados ocupada por 17 inmigrantes de Marruecos.
El técnico subraya que la norma básica de edificación
y condiciones de protección contra incendios (NBE CPI) del año
1982 (modificadas en 1991 y 1996) dice que no será de aplicación
en aquellas zonas destinadas a personas privadas de libertad. Sin embargo,
la normativa exige medidas alternativas, "que un ningún momento podrán
ser inferiores a lo establecido en la norma básica", como la creación
de "una zona segura" o la evacuación a un recinto alternativo, como
un patio.
Tampoco está recogida en la NBE CPI la hipótesis de un incendio
intencional. Pero el perito esgrime la 17ª edición del Manual
de Protección contra incendios, publicado por la editorial Mapfre,
que dedica un capítulo de más de seis páginas a Los
centros penitenciarios y correccionales. En este texto se dice que el 71,3%
de los incendios en prisiones y calabozos son "intencionados o sospechosos"
y se precisa cómo realizar el control de la ignición (entre
otros del material de los fumadores), el control de las materias combustibles,
la protección de los ocupantes, los dispositivos de detección
y extinción y las operaciones de planificación y adiestramiento.
El perito sostiene que estas medidas no existían en la comisaría.
Una de las carencias que detecta es una vía de evacuación
que no pase por el garaje de la comisaría: la CPI establece que
el recorrido de evacuación no debe preverse por garajes o aparcamientos.
Sobre las instalaciones de extinción contra incendios, el informe
señala que no funcionaron, "bien porque se carecía de ellas
(extinción automática) o porque el personal que debió
utilizarlas carecía de instrucciones básicas sobre su utilización
manual.
El informe técnico defiende la instalación de rociadores automáticos
porque "se han demostrado muy eficaces en la protección de vidas humanas".
El perito llega a afirmar que, "de haberse instalado rociadores,
las consecuencias del siniestro hubieran sido otras muy distintas a la pérdida
de vidas humanas". En techo de la celda incendida, según este
ingeniero técnico, "pudo llegarse en algún momento a los 1.000
grados; la cámara de los calabozos quedó derretida".
Para la utilización de mangueras de 45 milímetros con una presión
de siete kilos, como las que existen en el recinto, "es necesario disponer
de conocimientos especializados y de dos personas para su utilización.
En cuanto a los extintores, ninguno de los cuales se utilizó, el perito
resalta que "es necesario conocer su funcionamiento y no son operativos
a más de dos metros". Otro aspecto relevante de la seguridad que
no funcionó fue el alumbrado de emergencia, "al parecer porque no
atiende a apagones por zonas, sino a un corte en el fluido general del edificio",
según explicación de dirigentes del ANP a este periódico.
La transmisión de la alarma a los bomberos "no se hizo de forma directa,
ni desde la zona afectada ya que carece de este medio", dicen las conclusiones.
El sindicato policial destaca que, tras el siniestro, la comisaría
ha solicitado a los bomberos un protocolo de actuación en caso de
incendio, ha impartido de forma rápida unos primeros conocimietos
en el manejo de elementos de extinción y se ha implantado la obligación
de que haya al menos dos funcionarios por turno en los calabozos. (En el
momento del incendio sólo se encontraba allí uno de los dos
de guardia).
La causa que instruye el magistrado Luis Moreno, en el Juzgado número
9 de Málaga, puede verse retrasada por el traslado de este juez al
nuevo Juzgado número 13. Según fuentes del caso, ya han declarado
tres policías que estaban de guardia el día 27 en los calabozos
y en la puerta del garaje. Han reconocido que dejaban fumar a los detenidos
y que incluso les dieron fuego, pero no un mechero, como sostiene uno
de los supervivientes.
También han dicho que en aquella zona no sonó la alarma y que,
afortunadamente, abrieron la puerta de acceso desde los garajes electrónicamente,
poco antes de que se fuera la luz. Reconocieron al juez que no sabían
abrir esa puerta manualmente, que no tenían formación alguna
contra incendios y que no conocían ningún plan de emergencia.
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Fuente:
El País
(30.01.03)