Seguridad
de la Información y Protección de
Datos
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Informe de la OMPI sobre
la propiedad intelectual en el comercio electrónico
Se analiza el
impacto que las TIC e Internet tienen sobre los derechos de la propiedad
intelectual
La
Organización Mundial de la Propiedad Intelectual ( OMPI), entidad
que agrupa a diversos Estados a nivel mundial con objeto de promover la
protección intelectual e industrial, ha publicado un informe, bajo el
título "PROPIEDAD INTELECTUAL EN INTERNET: UN ESTUDIO DE TEMAS",
que tiene por objeto analizar el impacto que las Tecnologías de la
Información y las Comunicaciones (TIC), y en especial Internet, tienen
sobre los derechos de propiedad intelectual e industria a nivel
internacional.
Este
informe sustituye otro que ya se había publicado en mayo de 2.000, y
se centra en la repercusión que tiene el desarrollo de la sociedad de la
información sobre los derechos de autor y los derechos conexos, las
marcas comerciales y otros derechos sobre signos distintivos, los
nombres de dominio y las patentes. Además aborda el papel del
derecho internacional privado en la materia y los sistemas de resolución
extrajudicial de conflictos ( ADR, Alternative Dispute Resolution) en el
comercio electrónico en general, y sobre los derechos de propiedad
intelectual e industrial en particular , así como las cuestiones que se
plantean en el entorno electrónico para los países en vías de
desarrollo, los cuales están bastante alejados de los países
desarrollados en cuanto a la utilización de las TIC, y de ahí que se
produzca la denominada brecha digital.
En
cuanto a los nombres de dominio, el informe de la OMPI se refiere al
aprobación de nuevos nombres de dominio de primer nivel ( TLD Top Level
Domain), tanto de libre acceso restringido, así como de otras cuestiones
tales como las reformas llevadas a cabo en el seno de la Corporación
para la Asignación de Nombres y Números de Internet ( ICANN,
Internet Corporation for Assigned Name and Numbers), o la aprobación
del dominio “ eu” para la UE, que se asimila a los nombres de dominio de
primer nivel de código de país (cc-TLD contry code Top Level Domain),
sin perjuicio de los dominios y normas nacionales de cada Estado
miembro.
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Fuente:
OTROSI
(publicación informativa del Colegio de Abogados de Madrid)