Seguridad
de la Información y Protección de
Datos
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La privacidad de los
ciudadanos de México en manos de una empresa estadounidense
¿Control de la
inmigración o vulneración del derecho a la intimidad?
La
empresa estadounidense Choicepoint se ha convertido en el proveedor más
grande de información y datos personales para empresas y gobierno. Esta
semana, la agencia Ap anunció que esta compañía está ofreciendo
información sobre unos 60 millones de ciudadanos mexicanos a agencias
del gobierno estadounidense.
Dichos datos formaban parte del padrón electoral de México y por tanto
sólo pudo salir del Instituto Federal Electoral. Por este motivo, los
esfuerzos de las autoridades mexicanas se centrarán en descubrir quién
llevó a cabo la transacción con Choicepont.
En los
últimos años esta empresa ha estado involucrada en investigaciones de
alto nivel, recabando información como huellas digitales, ADN, números
de teléfono, registros de vehículos, direcciones particulares, etc.
de una amplia gama de fuentes. Buena muestra del poder de esta empresa
es que en la actualidad realiza la verificación del ADN de las victimas
de los atentados del 11 de septiembre, así como sus datos ayudaron a
detectar al francotirador de Washington.
Según el portavoz de Choicepoint, la información ha sido entregada al
gobierno para el control de la inmigración. En esta línea, como
justificación de su actividad, en la revista La Jornada, el director de
mercadotecnia de la empresa declaró “En nuestra filosofía empresarial;
la información utilizada de manera apropiada es un instrumento poderoso
que ayuda a prevenir riesgos”.
No
es la primera vez, que el gobierno estadounidense proyecta recabar datos
personales apoyándose en la necesaria protección de la seguridad
pública, nacional o en el control de la inmigración. No hay que
olvidar que Washington prevé multar a las compañías aéreas que no
faciliten los datos o estén incompletos de los pasajeros que viajen a
dicho país.
Salvo
casos excepcionales, la utilización de datos extraídos del censo
promocional es principalmente con fines publicitarios.
Fue la
propia Agencia de Protección de Datos quien prohibió el uso de los datos
censales con fines comerciales. Sin embargo, con la llegada en 1999 de
la Ley Orgánica de Protección de Datos se creaba una nueva figura,
pendiente de desarrollo reglamentario, llamada censo promocional,
formado con los datos de nombre, apellidos y domicilio que constan en el
censo electoral (art. 31.1 LOPD), recogiendo la posibilidad de
que sea el Instituto Nacional de Estadística (INE) o los órganos
equivalentes en las comunidades autónomas quien tenga la capacidad de
gestión de esta información.
Cabe
recordar que el Tribunal Supremo ya se ha pronunciado en una sentencia,
de fecha 23 de septiembre de 2.002, sobre la utilización por una entidad
de datos contenidos en el censo electoral con fines publicitarios,
manteniendo la misma argumentación que ya dio en la sentencia de 18 de
octubre de 2.000.
Noticias relacionadas:
*
Sentencia del Tribunal Supremo sobre el uso de
datos del censo electoral (18.03)
*
EE.UU. multará desde el 1 de marzo a las aerolíneas europeas que no den
los datos de sus pasajeros (20.02
*
La elaboración del censo promocional obligará al gobierno al desarrollo
reglamentario de la LOPD (13.01)
Sonia
Alonso Burgos
Directora de Seguridad de la Información
salonso@belt.es
BELT IBÉRICA S.A.
25/04/2003