Seguridad Medioambiental
y Protección del Entorno
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La
revisión de la directiva Seveso II, a un paso de su adopción final por
el Parlamento Europeo
Se aprobó ayer en
Estrasburgo, en tercera lectura del procedimiento de codecisión, la
propuesta de directiva por la que se modifican las normas comunitarias
relativas al control de riesgos en las instalaciones industriales de
tratamiento de sustancias peligrosas.
Con esta nueva norma, la UE espera reducir los casos de accidentes
industriales vinculados a este tipo de sustancias, como el sucedido en
Aznalcóllar (Sevilla) hace cinco años.
La revisión de la directiva Seveso II recibió ayer el visto bueno
definitivo de la Eurocámara. Los eurodiputados han aprobado el
acuerdo alcanzado con el Consejo en el Comité de conciliación, logrando
que se tengan en cuenta algunas de las enmiendas que la Cámara llevaba
proponiendo desde el principio del proceso legislativo.
El objetivo de la propuesta es prevenir grandes accidentes
industriales. Respecto a la normativa actual, se amplía el alcance
de la directiva para incluir a los residuos de la minería y a las
sustancias pirotécnicas. Ambos tipos de residuos estuvieron en el origen
de los accidentes de la mina española de Aznalcóllar, en las
proximidades de Doñana, y el de un almacén de material pirotécnico en
Enschede (Holanda). De hecho, fueron estos accidentes los que
desencadenaron la revisión de la directiva Seveso II, por ser sectores
hasta ahora no regulados a escala comunitaria.
Como había solicitado el Parlamento, la directiva se aplicará a las
instalaciones de evacuación de residuos mineros, como por ejemplo, las
bolsas de acumulación de residuos, independientemente de que las
sustancias reciban un tratamiento mecánico, físico, térmico o químico.
En
un primer momento, el Consejo abogaba en su posición común por incluir
únicamente los casos de tratamiento térmico y químico, pero al final, el
Parlamento logró sacar adelante sus enmiendas, recordando que el
accidente de Aznalcóllar se había producido en un tratamiento de tipo
mecánico, por lo que no tiene sentido excluir este procedimiento del
ámbito de la nueva legislación.
Otra novedad del acuerdo final es que la directiva cubre las principales
plantas de tratamiento de nitrato potásico (fertilizante) de la UE. La
norma incluirá también disposiciones específicas sobre la formación del
personal, que serán obligatorias, como solicitó el Parlamento, no sólo
para el personal de la empresa sino también para el subcontratado.
Los
mapas de riesgo serán obligatorios
a partir de la entrada en vigor de la directiva. Éstos deberán ser
realizados por las instalaciones peligrosas, que tendrán que poner a
disposición del público mapas de las proximidades indicando las zonas
que pueden verse afectadas por un accidente industrial.
Fuente: Fundación Entorno
21.11.03
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