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Lunes 24 de noviembre de 2003


Seguridad Medioambiental y Protección del Entorno

La revisión de la directiva Seveso II, a un paso de su adopción final por el Parlamento Europeo

Se aprobó ayer en Estrasburgo, en tercera lectura del procedimiento de codecisión, la propuesta de directiva por la que se modifican las normas comunitarias relativas al control de riesgos en las instalaciones industriales de tratamiento de sustancias peligrosas.

 

Con esta nueva norma, la UE espera reducir los casos de accidentes industriales vinculados a este tipo de sustancias, como el sucedido en Aznalcóllar (Sevilla) hace cinco años.

La revisión de la directiva Seveso II recibió ayer el visto bueno definitivo de la Eurocámara. Los eurodiputados han aprobado el acuerdo alcanzado con el Consejo en el Comité de conciliación, logrando que se tengan en cuenta algunas de las enmiendas que la Cámara llevaba proponiendo desde el principio del proceso legislativo.

El objetivo de la propuesta es prevenir grandes accidentes industriales. Respecto a la normativa actual, se amplía el alcance de la directiva para incluir a los residuos de la minería y a las sustancias pirotécnicas. Ambos tipos de residuos estuvieron en el origen de los accidentes de la mina española de Aznalcóllar, en las proximidades de Doñana, y el de un almacén de material pirotécnico en Enschede (Holanda). De hecho, fueron estos accidentes los que desencadenaron la revisión de la directiva Seveso II, por ser sectores hasta ahora no regulados a escala comunitaria.

Como había solicitado el Parlamento, la directiva se aplicará a las instalaciones de evacuación de residuos mineros, como por ejemplo, las bolsas de acumulación de residuos, independientemente de que las sustancias reciban un tratamiento mecánico, físico, térmico o químico.

En un primer momento, el Consejo abogaba en su posición común por incluir únicamente los casos de tratamiento térmico y químico, pero al final, el Parlamento logró sacar adelante sus enmiendas, recordando que el accidente de Aznalcóllar se había producido en un tratamiento de tipo mecánico, por lo que no tiene sentido excluir este procedimiento del ámbito de la nueva legislación.

Otra novedad del acuerdo final es que la directiva cubre las principales plantas de tratamiento de nitrato potásico (fertilizante) de la UE. La norma incluirá también disposiciones específicas sobre la formación del personal, que serán obligatorias, como solicitó el Parlamento, no sólo para el personal de la empresa sino también para el subcontratado.

Los mapas de riesgo serán obligatorios a partir de la entrada en vigor de la directiva. Éstos deberán ser realizados por las instalaciones peligrosas, que tendrán que poner a disposición del público mapas de las proximidades indicando las zonas que pueden verse afectadas por un accidente industrial.

Fuente: Fundación Entorno
21.11.03

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