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Viernes, 3 de diciembre de 2004


Gestión y Protección del Conocimiento

La Ley de Propiedad Intelectual tendrá un «parche» hasta su reforma en 2006

De momento, hay un borrador para una modificación parcial que permita ajustarse a la UE

 

La ministra de Cultura inauguró el VII Seminario Internacional SGAE, titulado «La nueva Ley de Propiedad Intelectual Española», con dos noticias: Cultura presentará este mes un Plan Nacional contra la piratería, y para 2006 «espera» que esté lista una «reforma integral» de la actual ley refundida de Propiedad Intelectual. Pero antes habrá una reforma, y ya existe un borrador para que la Ley se ajuste a la normativa europea. Según ese borrador, corresponderá a los productores discográficos «el derecho exclusivo» a decidir quién emite su música.

La transposición de la Directiva 2001/29/CE, la llamada «Directiva de la Sociedad de la Información»
, obliga a todos los estados miembros de la UE a homogeneizar sus reglamentos en materia de propiedad intelectual. Una transposición que en España lleva ya dos años de retraso. El Gobierno del PP elaboró un borrador, pero no llegó a aprobar una Ley. Cultura ha elaborado ahora un nuevo borrador de modificación del texto refundido de la Ley. Pero ayer, Carmen Calvo anunció un paso más: «Es intención del Gobierno que para 2006 se pueda aprobar una Ley de Propiedad Intelectual propia y necesaria para el siglo XXI», aseguró la ministra. Es decir, una «reforma integral», no un «parche» para ajustarse a Europa. La copia privada y los derechos de los productores musicales son dos de los puntos que pueden ser más controvertidos del borrador.

Según el abogado Agustín González, del despacho Uría Menéndez, experto en derechos de autor, «la valoración que merece el borrador es positiva, porque entre otras medidas se reconocen los derechos para la utilización de obras en redes y soportes digitales; sin embargo, también creo que hay algunas lagunas y novedades interesantes». González subraya la modificación del artículo 116 por el cual «corresponde al productor de fonogramas el derecho exclusivo de autorizar la comunicación pública de sus fonogramas y de las reproducciones de éstos en cualquier forma». El letrado considera que «así se reconoce un derecho exclusivo a los productores discográficos (distinto del de puesta a disposición del público) que no existe en el resto de Europa y que se acumula al derecho del productor a recibir, junto con los artistas, una remuneración por el uso de los fonogramas, lo que es una acumulación de derechos innecesaria que nada tiene que ver con la lucha contra la piratería ni con el uso de discos en Internet». Sin embargo, Antonio Guisasola, presidente de la Asociación Fonográfica y Videográfica Española (Afyve), matizó sobre este derecho de los productores que, «aunque en términos llanos, sí se podría llegar a que un productor vete a una emisora, ese derecho existe desde 1987, lo que se ha cambiado es la redacción de ese punto». Y añade: «La mejor prueba de que ese artículo no implica actos discriminatorios es que desde 1987 no se han producido». Para Guisasola, el cambio en el artículo 116 es, «en todo caso, una clarificación», y añade que una sentencia de 2000 reforzaba ese derecho. En general, cuenta el director de Afyve, «el borrador nos parece bien, se ajusta mucho a la directiva europea que la legislación debe trasponer, es bastante fiel».

Fuente: La Razón
02.12.04

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