Seguridad
Alimentaria y Protección Biotecnológica
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Los consumidores serán
advertidos de los productos retirados por su peligrosidad
El texto prohíbe
que España pueda exportar a terceros países productos que han sido
retirados del mercado por su inseguridad y riesgo para la salud del
consumidor
El
Gobierno contará a partir de mañana con una reforzada herramienta para
garantizar la seguridad de los productos que se comercializan en el
mercado a fin de evitar cualquier riesgo para la salud e integridad
física de los consumidores españoles: el nuevo decreto sobre
Seguridad General de los Productos. Un texto que deroga la norma de
1996 y que introduce importantes novedades para la defensa de los
consumidores, como la sustitución del principio de confidencialidad por
el de transparencia. Hasta ahora, todos los órganos competentes estaban
obligados a tomar las medidas necesarias para que la información sobre
productos peligrosos no fuera divulgada, así se evitaba dañar la imagen
de marca. Y sólo podía hacerse pública para proteger la salud y la
seguridad de las personas. A partir de mañana, los ciudadanos
«tendrán acceso a la información sobre la identificación del producto,
la naturaleza del riesgo y las medidas adoptadas» al respecto.
En concreto, el decreto establece que los consumidores «tendrán
derecho de acceso, en general, a la información de que dispongan los
órganos administrativos competentes con relación a los riesgos que los
productos entrañen para la salud y la seguridad de los consumidores, de
conformidad con las exigencias de transparencia y sin perjuicio de las
restricciones necesarias para las actividades de control e
investigación».
Otra novedad importante de esta normativa es asegurar que los productos
defectuosos o inseguros que hayan sido retirados no se desvíen al
mercado de terceros países. Así, el texto establece que «salvo que el
requerimiento de la Comisión Europea prevea otra cosa, se prohíbe la
exportación desde España de los productos inseguros».
Como instrumento de prevención y detección de productos inseguros se
apuesta por la creación de un sistema estatal de comunicación de
accidentes que estará a cargo del Instituto Nacional de Consumo. En él
se integrarán los hospitales y centros de salud públicos, aunque se
fomentará la integración de las entidades sanitarias de carácter
privado.
Nueva red de alerta
También establece la creación de una red de alerta cuyo fin será la
«transmisión de cualquier información relativa a la existencia de un
riesgo grave generado por un producto» y en la que se incluye casos
que, hasta ahora, no necesitaban notificarse como las notificaciones
locales, las de los productores cuando sepan que un producto puesto en
el mercado presenta riesgos y las medidas de rechazo o bloqueo de
productos procedentes de terceros países por las autoridades aduaneras
en materia de seguridad.
Hasta diciembre de 2003 se han tramitado 274 alertas, 158 generadas por
las Comunidades Autónomas y 116 recibidas de la Comisión Europea. Los
juguetes siguen siendo los productos más alertados (26 por ciento),
seguidos de artículos infantiles (15) y material eléctrico y luminarias.
En lo que a riesgos se refiere, los más notificados han sido el de
asfixia y choque eléctrico.
El ámbito del real decreto se circunscribe a las áreas de salud y
seguridad de los productos, dejando fuera cuestiones respecto a la
protección de los intereses económicos de los consumidores y usuarios.
Su ámbito comprende todo tipo de producto puesto a disposición de los
consumidores, incluida la prestación de servicios, tanto los que abone
el ciudadano como los gratuitos. No obstante, no se aplicará a los
productos usados que se suministren como antigüedades.
Fuente: ABC
14/01/2004
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