Seguridad de la Información y Protección de Datos
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La Agencia de Protección de Datos multa a Citibank con más de 60.000
euros por incluir como moroso
a un cliente sin cumplir los requisitos
Esta acción está
tipificada como grave en la Ley Orgánica de Protección de Datos de
Carácter Personal
La Agencia
de Protección de Datos (APD) ha impuesto a Citibank una sanción de
60.101 euros por incluir en un registro de morosos a un cliente sin
cumplir los requisitos de "calidad" exigidos en la legislación, una
acción tipificada como grave en la Ley Orgánica de Protección de Datos
de Carácter Personal, según informó la Asociación de Usuarios de Banca (Ausbanc).
La Ley exige que los datos objeto de tratamiento sean exactos y puestos
al día de forma que respondan con veracidad a la situación actual del
afectado. Ausbanc asegura que el 15 de mayo de 1998, Citibank ordenó la
inclusión de una incidencia en el fichero Asnef a nombre de un cliente
por importe de 821,27 euros. La inclusión fue notificada por Asnef el
día siguiente y fue dada de baja el 29 de abril de 2002, a instancias de
Citibank, después de que el cliente ejercitase su derecho de
cancelación.
No obstante, esta misma situación se repitió el 18 de octubre de 2002,
fecha en la que Citibank ordenó -según Ausbanc- la inclusión en el
fichero de Asnef de la misma incidencia y por el mismo importe. Esta
inscripción fue dada de baja el 21 de noviembre de 2002, como
consecuencia de la solicitud de cancelación ejercida por el interesado.
Para que una anotación pueda incluirse legalmente en un fichero que
presta información sobre el incumplimiento de obligaciones dinerarias,
deben darse los requisitos de "deuda cierta", "vencida", "exigible" y
que haya sido requerido el pago, precisa APD, que constató que no se dio
este último requisito, previo a la orden de inclusión de los datos del
cliente en el fichero Asnef.
La Agencia subraya en su resolución que en este procedimiento el hecho
imputado no es la falta de notificación de la inclusión de los datos del
denunciante en el fichero Asnef, sino que este proceso se haya llevado a
cabo sin cumplir los requisitos de "calidad" exigidos en la legislación
vigente.
Fuente:
www.consumer.es
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