Gestión y Protección del
Conocimiento
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Italia y Grecia endurecen
las leyes contra el intercambio de contenidos multimedia y el 'top
manta'
El senado italiano
aprueba una norma que considera delito bajar contenidos protegidos por
el copyright
Si el
destino de sus vacaciones de este verano es Grecia o Italia deberá tener
en cuenta que, como en muchos otros campos, acciones que realiza
legalmente en su país son consideradas delito en estos países.
Mientras que en el primero se ha condenado por primera vez a una persona
por comprar discos pirateados, en el segundo se ha aprobado un decreto
que sanciona con multas y penas de cárcel a aquellos que descarguen o
‘suban’ a Internet contenidos digitales sin el permiso del titular del
copyright. La Federación Internacional de la Industria Fonográfica (IFPI,
en sus siglas en inglés) afirma que en Grecia se venden cada año 10
millones de cedés piratas, tantos como originales. Las autoridades
griegas creen que este comercio crecerá aún más este verano con la
llegada de los turistas y los aficionados al deporte que asistirán a los
Juegos Olímpicos de Atenas.
Para contrarrestar esta tendencia, las autoridades parecen haber
iniciado una campaña contra el ‘top manta’, con acciones que apuntan
tanto a los vendedores como a sus clientes. La página web de la cadena
británica BBC informa hoy de que un hombre ha sido condenado por primera
vez a tres meses de cárcel en este país por comprar discos ilegales,
acción que la legislación nacional considera un delito.
Penas similares para quien comparte y quien se enriquece
Si en Grecia deberá cuidar a quién compra música y películas en DVD, en
Italia deberá estar atento a lo que hace en los cibercafés, sobre todo
si es aficionado a los programas de intercambio de archivos o redes P2P
como Kazaa o eMule.
Según informa The Register la descarga o ‘subida’ de contenidos
multimedia a Internet es desde ayer delictiva en este país, tras la
aprobación de un decreto que penaliza estas conductas. Los que las
realicen podrán ser condenados a partir de ahora a penas de cárcel de
entre seis meses y tres años, o multas de entre 154 y 1032 euros.
Hasta ahora, las normas italianas de copyright, que databan de 1941, se
centraban en la protección de los titulares de los derechos de autor
mediante el castigo a aquellos que buscan el lucro, quienes se
enriquecen con la venta de contenidos ilegales. La nueva ley impone
ahora sanciones tanto a estos como quienes simplemente intercambian u
ofrecen música o películas, sin importar que no haya de por medio
intercambios monetarios.
La nueva norma ha sido aprobada en el Senado italiano con la abstención
de Lista Prodi y la ausencia de los comunistas y los verdes. Ambos
partidos han logrado que el Parlamento reconsidere las altas penas que
se impondrán, según esta ley, a los infractores que no tengan ánimo de
lucro.
Fuente: El País
21/05/2004
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