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Martes, 15 de febrero de 2005


Seguridad Corporativa y Protección del Patrimonio

Madrid inicia hoy un plan para inspeccionar la seguridad de edificios de más de diez plantas

La Comunidad de Madrid pondrá en marcha a mediodía los trabajos para elaborar un plan prevención y extinción de incendios para edificios de más de diez alturas.

 

El objetivo principal es inspeccionar estos inmuebles para garantizar que cumplen con la normativa de seguridad y evitar siniestros como el que ha destruido la torre Windsor de la capital. Éste corre aún riesgo de derrumbe.

El vicepresidente segundo y consejero de Justicia e Interior de la Comunidad de Madrid, Alfredo Prada, presidirá hoy la primera reunión de ese grupo de trabajo, a la que asistirán además de miembros del Gobierno autonómico, representantes del Ayuntamiento de Madrid, de la Federación Madrileña de Municipios y el jefe del Cuerpo de Bomberos de la Comunidad de Madrid.

Foto: El País

Todos ellos analizarán la situación actual y adoptarán las medidas legislativas y técnicas necesarias, en materia de prevención y extinción, para garantizar la seguridad ante este tipo de siniestros.

La presidenta de Madrid, Esperanza Aguirre, dio ayer instrucciones a Prada para que establezca "de inmediato" un plan de prevención y extinción de incendios para edificios de la región de más de 10 plantas de altura, donde no llegan las escaleras de bomberos.

Según explicó el consejero, con esta iniciativa se pretende que "funcionen perfectamente los sistemas de alarma y contra incendios" en los numerosos edificios de altura que hay en la Comunidad de Madrid, tanto de viviendas como de oficinas. La Comunidad cuenta con un reglamento en esta materia de 2003, pero, según precisa el consejero, lo que se trata ahora es de existan y funcionen los sistemas anti-incendios.

Gráfico: La Gaceta

Para ampliar, por favor, pulse sobre la imagen

Para ello, reclamó la colaboración de los municipios para que "controlen e inspeccionen", los edificios. No obstante, asegura Prada, "si hay que legislar se legislará, si hay que dictar nuevas normas, se harán y si hay que exigir mayores requisitos, se exigirán". El consejero recordó que la normativa anti-incendios actual establece que en municipios de más de 20.000 habitantes la responsabilidad de inspeccionar los edificios contra incendios la tiene los ayuntamientos y en el resto, es competencia de la Comunidad, a quien, en cualquier caso, corresponde "motivar y exigir que se realicen todo tipo de inspecciones en los edificios".

El edificio Windsor estaba sometido a obras constantes desde hace más de un año. Entre otras cosas e irónicamente, se estaba instalando una tercera escalera de incendios. El pasado fin de semana fue devastada por el fuego. Durante esta noche, siete dotaciones del cuerpo y quince sanitarios del Samur-Protección Civil, se han mantenido en alerta "a la espera de ver cómo enfría el edificio", que aún podría derrumbarse. Los técnicos y bomberos podrán entrar al edificio pasadas 48 horas, es decir a partir de la una de la madrugada del próximo miércoles 16 y entonces analizarán las posibilidades de su demolición.

Foto: Belt Ibérica S.A.

Dispositivo organizado el domingo posterior a los trabajos nocturnos

 

Una normativa compleja que no obliga a los edificios antiguos

Los textos sobre prevención de incendios son «difíciles de interpretar»

En Madrid conviven hasta tres textos legales relacionados con la prevención de incendios en edificios. El más actual y exigente es el de la Comunidad, que data de 2003. Eso sí, todos los inmuebles construidos antes de esa fecha no están obligados a adaptar sus características de seguridad siempre y cuando no realicen obras de reforma importantes. Independientemente de su edad, todos los edificios públicos deben contar con un plan de evacuación.

«Da igual estar a 28 metros de altura que a 235. La seguridad no es más o menos, ni hay mayor o menor peligro». La taxativa frase es de Mark Fenwick, uno de los arquitectos que participa en el proyecto del que será, en 2007, el rascacielos más alto de la capital. Los 235 metros de «Torrespacio» –uno de los cuatro gigantes de acero y hormigón que se levantarán en la antigua Ciudad Deportiva del Real Madrid– doblarán de largo los 106 del malherido edificio Windsor, y aunque Fenwick tiene todo el derecho a defender su «criatura», lo cierto es que el incendio del veterano inmueble ha reabierto el debate sobre las medidas de seguridad. Madrid no es una ciudad con muchos rascacielos, pero los miles de personas que cada día se «encierran» en las Torres Kio, Torre Picasso o Torre Europa se preguntan desde el pasado sábado si lo ocurrido en el Windsor se puede repetir en sus lugares de trabajo.

Desde luego, si pasa no será por falta de normativas y textos legales que regulen los elementos a incorporar para luchar contra el fuego. En la capital conviven nada menos que tres. La más antigua es la «Ordenanza primera de prevención de incendios» del Ayuntamiento, que vio la luz en 1976 –tres años antes de que terminara la construcción del edificio arrasado por las llamas– con 350 artículos y varias disposiciones adicionales. En 1996, el Estado dictó la «Norma básica de la edificación, condiciones de protección contra incendios de los edificios», y en 2003 el Gobierno regional culminó la redacción del «Reglamento de prevención de incendios».

Cada uno de ellos compila miles de especificaciones técnicas referidas a compartimentación de espacios, puertas de seguridad, extintores y demás sistemas «que los hacen muy complejos y de difícil interpretación, porque hay que adaptarlos al diseño de cada edificio», señala Gaspar Blein, arquitecto responsable del Centro de Asesoramiento Técnico del Colegio de Arquitectos de Madrid (COAM).

La más actual y exigente es la de la Comunidad, que prevalece en caso de duda. El problema es que sus requisitos no son retroactivos: según fuentes de la Comunidad, nada obliga a un edificio construido antes de 2003 a adecuarse a esta norma, salvo que sus gestores acometan obras de reforma de cierta importancia. Los responsables del Gobierno regional presumen de que el texto de 2003 es el más avanzado que existe en Europa –incluye una sección dedicada en exclusiva a los edificios en altura–, pero bucear por sus casi 300 artículos es poco menos que una misión imposible para cualquier lego en la materia.

Ricardo Aroca, decano del COAM, resume las normas básicas. «Lo primero es evitar que empiece el incendio. Hay que tener en cuenta que los materiales utilizados no desprendan mucho humo y que la carga de fuego de los mismos –la rapidez con la que arden– sea la menor posible», explica. La segunda «pata» es la detección y extinción inmediata del foco, con detectores de humo y calor para lo primero y rociadores de agua. Si éstos funcionan las llamas no prosperarán, pero si lo hacen tienen que existir caminos de evacuación protegidos que resistan entre una y dos horas, ubicados como mucho a 25 metros de cada empleado. Si el edificio colapsa, la estructura debe aguantar como mínimo 30 minutos para permitir la evacuación. Además, todo inmueble público debe contar con un plan de evacuación independientemente de su fecha de construcción. «Las torres son seguras. El riesgo de morir en un derrumbe es 20.000 veces menor que hacerlo en un coche, y seguimos conduciendo», resume Aroca, que también reclama «importar» el modelo norteamericano de pólizas de seguro. «En EE UU, las primas varían según los elementos de seguridad instalados, y aquí las aseguradoras lo hacen "a bulto"».

 

Fuentes: El Mundo
La Razón
Belt Ibérica S.A.
14.02.05

* Normativa de referencia: Protección contra Incendios

Experto: Edificio Windsor: ¿es la seguridad sólo un gasto?, por Ignacio Cortés (14.02.05)

Experto:
La seguridad ante una emergencia: ¿una obligación normativa?, por Rosa Sandino (31.01.05)

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