Seguridad Colectiva
y Defensa Nacional
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La Ley de la Defensa
consagra la cooperación del Ejército en la lucha contra el terrorismo
Las Fuerzas Armadas
actuarán en "apoyo a las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado"
El anteproyecto de
la Ley Orgánica de la Defensa Nacional, cuya negociación con los
grupos parlamentarios ha iniciado el Ministerio de Defensa, consagra por
vez primera la participación de las Fuerzas Armadas en la lucha
contra el terrorismo, pero especifica que ésta se hará en "apoyo a
las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado". La nueva ley, que
sustituye a la de 1980-1984, crea el Consejo de Defensa Nacional como
órgano asesor del presidente del Gobierno y regula la consulta al
Congreso antes de ordenar "operaciones en el exterior que no estén
relacionadas con la defensa de España".
La cooperación de las
Fuerzas Armadas en la lucha contra el terrorismo no figuraba en el
borrador que publicó EL PAÍS la pasada Navidad. Se ha incluido a
última hora en el anteproyecto que el secretario de Estado de
Defensa, Francisco Pardo, ha entregado a varios grupos parlamentarios en
una ronda de consultas encaminada a lograr el máximo consenso antes de
que el Consejo de Ministros lo apruebe.

Aunque la participación
del Ejército en lucha contra ETA ha sido objeto de polémica durante
la transición, en los últimos años se ha puesto en práctica bajo
determinadas condiciones y el anteproyecto viene a dar respaldo legal a
esta situación.
En abril del año pasado, tras la matanza del 11-M y el atentado
frustrado contra el AVE, el Gobierno en funciones del PP puso en marcha
la Operación Romeo Mike, de vigilancia de la vía férrea y objetivos
estratégicos por parte del Ejército. En diciembre último, el Gobierno
del PSOE activó un gran dispositivo antiterrorista, movilizando a casi
5.000 militares para proteger estaciones de tren o aeropuertos.
El proyecto define y limita el papel de los ejércitos en la lucha
contra el terrorismo al señalar que sus operaciones serán de "apoyo a
las fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado". Dichas operaciones
se enmarcarán en la misión genérica de ayudar, "junto a otras
instituciones del Estado y administraciones públicas, a preservar la
seguridad y bienestar de los ciudadanos".
La primera misión que la ley atribuye a las Fuerzas Armadas, como el
artículo 8º de la Constitución, es la de "garantizar la soberanía e
independencia de España, defender su integridad territorial y el
ordenamiento constitucional". También les encomienda la misión de
contribuir "militarmente a la seguridad de España y de sus aliados, así
como el mantenimiento de la paz, estabilidad y ayuda humanitaria, en el
marco de las organizaciones internacionales de las que España forma
parte". Por último, prevé que realicen misiones de evacuación de
españoles en el extranjero "cuando circunstancias de grave inestabilidad
pongan en grave riesgo su vida o sus intereses".
Entre las novedades del anteproyecto, que sustituye a la ley de
Criterios Básicos de la Defensa Nacional de 1980, reformada en 1984,
está la creación del llamado Consejo de Defensa como "órgano asesor del
presidente del Gobierno en materia de seguridad y defensa". Este
Consejo, que sustituirá a la todavía vigente Junta de Defensa Nacional,
presidida por el Rey, también podrá reunirse bajo la presidencia del
Monarca, "a propuesta del jefe del Gobierno", con el objetivo de
informar a aquél.
La ley reconoce al Rey la categoría de "mando supremo de las Fuerzas
Armadas", pero consolida el papel del presidente del Gobierno como
comandante en jefe al atribuirle la dirección de la política de defensa,
la gestión de las crisis y "la dirección estratégica de las operaciones
militares en caso de uso de la fuerza".
También desaparecerá cuando entre en vigor la ley la Junta de Jefes de
Estado Mayor (Jujem), que en los últimos 25 años pasó de ser el símbolo
de las Fuerzas Armadas como poder fáctico a un mero órgano consultivo
del ministro de Defensa.
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Fuente: El País
11.02.05