Gestión y Protección del
Conocimiento
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Hoy entra en vigor la
nueva normativa de dominios ".es"
Hoy entra en vigor
el nuevo
Plan Nacional de nombres de dominio de Internet
bajo el código de España (.es), con importantes rebajas en
las tasas para su obtención y la flexibilización de requisitos con el
fin de impulsar la compra de direcciones nacionales de Internet, muy por
detrás de los principales mercados europeos.
Los
usuarios podrán registrar dominios de Internet ".es" por un precio un
70,1 por ciento inferior al que existía hasta ahora, mientras que,
si se realiza el trámite con un agente registrador, la disminución
alcanza el 92, 1 por ciento.
Los responsables del Ministerio de Industria consideran que la anterior
regulación, que data de marzo de 2003, "ha constituido un primer paso
para reordenar el espacio disponible bajo el indicativo ´.es´ y adaptar
los dominios a la evolución de Internet en nuestro país".
Sin embargo, tal como aparece en la justificación que acompaña al plan,
Industria considera que "dicha experiencia ha mostrado sus limitaciones
y que procede ahora avanzar de forma decidida en una mayor
flexibilización que sitúe el grado de aceptación e implantación del ´.
es´ en los niveles existentes para otros nombres de dominio de países
existentes en nuestro entorno".
Estimular la compra
Con esta rebaja del precio de los dominios, el Gobierno pretende
estimular la utilización de los nombres de dominio ´.es´ como seña
de identidad en Internet de los ciudadanos y las pymes, de forma que su
grado de aceptación y utilización se equipare a los países más avanzados
en el uso de Internet y Nuevas Tecnologías.
La orden se refiere a todos los dominios bajo el código de país
correspondiente a España, es decir, tanto el genérico ´.es´; el
´.edu.es´ para usos educativos; el ´.gob.es´ para usos de la
Administración; el ´.org.es´ para organizaciones y asociaciones; el ´.nom.es´
para personas físicas; y el ´.com.es´ para usos genéricos.
La reforma se concreta en simplificar significativamente las reglas
de legitimación de dominios ´.es´, reducir las demás limitaciones y
prohibiciones antes existentes para la formación de nombres de dominio
en ese nivel, y establecer unos principios básicos que regirán el
sistema de resolución extrajudicial de conflictos que habrá de
desarrollar la autoridad de regulación.
Fuente: ABC
31.05.05
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