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Miércoles, 1 de junio de 2005


Gestión y Protección del Conocimiento

Hoy entra en vigor la nueva normativa de dominios ".es"

Hoy entra en vigor el nuevo Plan Nacional de nombres de dominio de Internet bajo el código de España (.es), con importantes rebajas en las tasas para su obtención y la flexibilización de requisitos con el fin de impulsar la compra de direcciones nacionales de Internet, muy por detrás de los principales mercados europeos.

 

Los usuarios podrán registrar dominios de Internet ".es" por un precio un 70,1 por ciento inferior al que existía hasta ahora, mientras que, si se realiza el trámite con un agente registrador, la disminución alcanza el 92, 1 por ciento.

Los responsables del Ministerio de Industria consideran que la anterior regulación, que data de marzo de 2003, "ha constituido un primer paso para reordenar el espacio disponible bajo el indicativo ´.es´ y adaptar los dominios a la evolución de Internet en nuestro país".

Sin embargo, tal como aparece en la justificación que acompaña al plan, Industria considera que "dicha experiencia ha mostrado sus limitaciones y que procede ahora avanzar de forma decidida en una mayor flexibilización que sitúe el grado de aceptación e implantación del ´. es´ en los niveles existentes para otros nombres de dominio de países existentes en nuestro entorno".

Estimular la compra

Con esta rebaja del precio de los dominios, el Gobierno pretende estimular la utilización de los nombres de dominio ´.es´ como seña de identidad en Internet de los ciudadanos y las pymes, de forma que su grado de aceptación y utilización se equipare a los países más avanzados en el uso de Internet y Nuevas Tecnologías.

La orden se refiere a todos los dominios bajo el código de país correspondiente a España, es decir, tanto el genérico ´.es´; el ´.edu.es´ para usos educativos; el ´.gob.es´ para usos de la Administración; el ´.org.es´ para organizaciones y asociaciones; el ´.nom.es´ para personas físicas; y el ´.com.es´ para usos genéricos.

La reforma se concreta en simplificar significativamente las reglas de legitimación de dominios ´.es´, reducir las demás limitaciones y prohibiciones antes existentes para la formación de nombres de dominio en ese nivel, y establecer unos principios básicos que regirán el sistema de resolución extrajudicial de conflictos que habrá de desarrollar la autoridad de regulación.

Fuente: ABC
31.05.05

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