Seguridad Corporativa y Protección del Patrimonio
Seguridad Pública y Protección Civil
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Jornadas sobre el
nuevo reglamento contra incendios en establecimientos industriales
El Reglamento de
Seguridad Contra Incendios de Establecimientos Industriales, que entró
en vigor el pasado 25 de enero, centró la Jornada Técnica de Seguridad
Industrial celebrada días pasados en el Palacio de Congresos, organizada
por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de
Cádiz y la Asociación Española de Empresas Instaladoras y Mantenedoras
de Sistemas Contra Incendios (AERME)
La
redactora de este reglamento, Isolina Martínez Rodríguez, jefa de la
sección Técnica de la Subdirección General de Calidad y Seguridad
industrial, fue la encargada de presentar ante los más de 300 asistentes
las principales novedades de un reglamento cuyo real decreto aprobó el
Gobierno en diciembre de 2004 y que tiene como principal objetivo
garantizar la seguridad, en materia de incendios, de los nuevos
establecimientos industriales.
Esta responsable del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ofreció
una visión general del reglamento, explicó someramente sus aspectos
legales y técnicos y avanzó algunos aspectos de su implantación y
desarrollo. El reglamento prevé la clasificación de las industrias según
su ubicación y riesgos, y se refiere a la seguridad pasiva y la activa,
aunque, según la ponente, faltaría por desarrollar el establecimiento de
los medios humanos necesarios para la gestión de la seguridad.
Isolina Martínez explicó que el reglamento afecta a los nuevos
establecimientos industriales, aunque dejó en manos de las comunidades
autónomas la posibilidad de que tenga efecto retroactivo para las
industrias que ya existen o la que están en proceso de construcción.
La ponente comentó que el nuevo texto, de seis capítulos y cuatro anexos
técnicos, es un "reglamento de mínimos", que desarrolla la Ley de
Industria, que puede ser completado con guías autorizadas por el
Ministerio y que pretende prevenir los incendios en las instalaciones
industriales o, en su defecto, dar una respuesta efectiva a los
siniestros que se produzcan.
Isolina Martínez Rodríguez reconoció que el documento admite una
complementariedad con otros reglamentos sectoriales, como en el caso de
que la instalación cuente con un depósito de gasóleo, que "puede generar
problemas".
De esta forma, las nuevas instalaciones industriales, siempre que no
tengan un riesgo intrínseco calificado de bajo, tendrán que presentar
un
proyecto técnico sobre las medidas de seguridad contra incendios que
será imprescindible para la tramitación de la licencia. Hace falta,
pues, un certificado expedido por un técnico competente que garantice la
seguridad de la instalación.
Después, una vez en funcionamiento, es el titular de la industria el que
debe velar por el cumplimiento de estas medidas, que deben ser objeto de
inspección cada dos años, en caso de que el riesgo de la instalación sea
alto, o cada cinco, cuando el riesgo sea bajo.
Si esta inspección revela fallos graves, se debe comunicar el hecho a la
comunidad autónoma, que puede paralizar la actividad.
Fuente: Diario de Cádiz
21.03.05
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Publicado en el BOE el nuevo Reglamento de
Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales
(17.12.04)
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Experto: Reglamento de seguridad contra incendios en
establecimientos industriales."Ámbito de aplicación", por Ana Álvarez
(04.03.05)
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Real Decreto
2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de
seguridad contra incendios en los establecimientos industriales.
(BOE núm. 303/04 de 17 de diciembre
de 2004)
Legislación relacionada:
Protección Contra incendios
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Estatal
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Comunitaria