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Miércoles, 23 de marzo de 2005


Seguridad Corporativa y Protección del Patrimonio

Seguridad Pública y Protección Civil
 

 Jornadas sobre el nuevo reglamento contra incendios en establecimientos industriales

El Reglamento de Seguridad Contra Incendios de Establecimientos Industriales, que entró en vigor el pasado 25 de enero, centró la Jornada Técnica de Seguridad Industrial celebrada días pasados en el Palacio de Congresos, organizada por el Colegio Oficial de Peritos e Ingenieros Técnicos Industriales de Cádiz y la Asociación Española de Empresas Instaladoras y Mantenedoras de Sistemas Contra Incendios (AERME)

 

La redactora de este reglamento, Isolina Martínez Rodríguez, jefa de la sección Técnica de la Subdirección General de Calidad y Seguridad industrial, fue la encargada de presentar ante los más de 300 asistentes las principales novedades de un reglamento cuyo real decreto aprobó el Gobierno en diciembre de 2004 y que tiene como principal objetivo garantizar la seguridad, en materia de incendios, de los nuevos establecimientos industriales.

Esta responsable del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio ofreció una visión general del reglamento, explicó someramente sus aspectos legales y técnicos y avanzó algunos aspectos de su implantación y desarrollo. El reglamento prevé la clasificación de las industrias según su ubicación y riesgos, y se refiere a la seguridad pasiva y la activa, aunque, según la ponente, faltaría por desarrollar el establecimiento de los medios humanos necesarios para la gestión de la seguridad.

Isolina Martínez explicó que el reglamento afecta a los nuevos establecimientos industriales, aunque dejó en manos de las comunidades autónomas la posibilidad de que tenga efecto retroactivo para las industrias que ya existen o la que están en proceso de construcción.

La ponente comentó que el nuevo texto, de seis capítulos y cuatro anexos técnicos, es un "reglamento de mínimos", que desarrolla la Ley de Industria, que puede ser completado con guías autorizadas por el Ministerio y que pretende prevenir los incendios en las instalaciones industriales o, en su defecto, dar una respuesta efectiva a los siniestros que se produzcan.

Isolina Martínez Rodríguez reconoció que el documento admite una complementariedad con otros reglamentos sectoriales, como en el caso de que la instalación cuente con un depósito de gasóleo, que "puede generar problemas".

De esta forma, las nuevas instalaciones industriales, siempre que no tengan un riesgo intrínseco calificado de bajo, tendrán que presentar un proyecto técnico sobre las medidas de seguridad contra incendios que será imprescindible para la tramitación de la licencia. Hace falta, pues, un certificado expedido por un técnico competente que garantice la seguridad de la instalación.

Después, una vez en funcionamiento, es el titular de la industria el que debe velar por el cumplimiento de estas medidas, que deben ser objeto de inspección cada dos años, en caso de que el riesgo de la instalación sea alto, o cada cinco, cuando el riesgo sea bajo.

Si esta inspección revela fallos graves, se debe comunicar el hecho a la comunidad autónoma, que puede paralizar la actividad.
 

Fuente: Diario de Cádiz
21.03.05

Noticias relacionadas:

* Publicado en el BOE el nuevo Reglamento de Seguridad contra incendios en los establecimientos industriales (17.12.04)

*
Experto: Reglamento de seguridad contra incendios en establecimientos industriales."Ámbito de aplicación", por Ana Álvarez (04.03.05)

* Real Decreto 2267/2004, de 3 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de seguridad contra incendios en los establecimientos industriales. (BOE núm. 303/04 de 17 de diciembre de 2004)

Legislación relacionada: Protección Contra incendios
* Estatal
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