Seguridad Alimentaria y Protección Biotecnológica
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La OMS podrá intervenir
en un país si constata un potencial riesgo para la salud pública
internacional
La nueva normativa
incluye por primera vez enfermedades transmisibles de animales a
humanos, la contaminación de alimentos o la exposición a agentes
químicos
La
aparición de la neumonía asiática, una nueva enfermedad que se cobró 774
vidas hace dos años, enseñó al mundo que los sistemas de control de
infecciones eran insuficientes. Después llegó la «gripe del pollo», una
infección que hoy continúa matando personas en Asia y amenaza con causar
una epidemia mundial. Durante estos años, la Organización Mundial de la
Salud (OMS) ha estado afrontando estas crisis con un Reglamento
Sanitario Internacional, aprobado en 1969, que sólo obligaba a los
países a notificar los casos de cólera, peste o fiebre amarilla sin
tener en cuenta las nuevas amenazas de salud pública.
Ayer, después de dos años de trabajos previos, la Asamblea Mundial de la
Salud aprobó en Ginebra y bajo presidencia española una nueva normativa
que permitirá actuar con mayor agilidad, ante cualquier amenaza
internacional de salud pública. Por primera vez, además de recoger las
enfermedades infecciosas o transmisibles entre seres humanos conocidas,
se incluyen también las que se transmiten de animales a humanos,
aquéllas que se producen por la contaminación de alimentos o por la
exposición a agentes químicos o radionucleares.
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Un
funcionario de los servicios sanitarios chinos desinfecta
una motocicleta en Qinghai para detener la gripe aviar |
«Mayor
seguridad mundial»
El nuevo
conjunto de normas otorga más poder de decisión a la propia OMS y
refuerza el sistema internacional de alertas sanitarias. Desde Ginebra,
la ministra de Sanidad, Elena Salgado y presidenta de la Asamblea,
calificó ayer el Reglamento Sanitario Internacional de «un paso
decisivo, que proporcionará una mayor seguridad mundial ante una crisis
sanitaria». En declaraciones a ABC, destacó la mayor flexibilidad del
texto, «con una concepción abierta, dinámica, que permite la adaptación contínua a las nuevas enfermedades que puedan aparecer».
Estos son los principales cambios que introducirá el nuevo Reglamento
Sanitario Internacional cuando entre en vigor la próxima primavera de
2007. La mayoría de estas medidas ya han sido asumidas por los países de
la UE:
Vigilancia y notificación de enfermedades: Los Estados tendrán un plazo
máximo de cinco años para reforzar y desarrollar su capacidad para
detectar, evaluar y notificar cualquier situación que pueda causar una
emergencia de salud pública a nivel mundial. La notificación deberá
realizarse en las primeras 24 horas. Después deberá seguir suministrando
información oportuna y detallada sobre los resultados de laboratorio,
origen, tipo de riesgo, número de casos, defunciones.... Toda esta
información permitirá a la OMS realizar un seguimiento estricto y enviar
ayuda. Además se valorarán los informes de fuentes no oficiales como las
ONG. Los países también podrán informar de la existencia de cualquier
riesgo fuera de sus fronteras.
Acción internacional más rápida: Incluye un concepto de emergencia en
salud pública internacional más amplio que permite actuar ante cualquier
amenaza sanitaria para aumentar la protección a los ciudadanos. Con esta
medida se quiere evitar que los países no declaren alertas de
enfermedades que no se consideren de notificación obligatoria, como
sucedió con China y la neumonía asiática.
Turistas y mercancías: La OMS podrá exigir exámenes médicos, vacunación
y otras medidas preventivas o aislar a viajeros, pero sólo si existe un
riesgo para la salud pública. También se puede aislar, incautar y
destruir mercancías en condiciones controladas o denegar su salida y
entrada. Aunque la aplicación del reglamento se hará con pleno respeto a
los derechos humanos y las libertades fundamentales. «El objetivo es
tomar medidas proporcionadas, no alarmistas y que evitan actuar
drásticamente como el cierre de fronteras o la inmovilidad de personas y
mercancías», dijo Salgado.
Más poder para la OMS: El director general de este organismo decidirá
cuando una notificación se convierte en una emergencia de salud pública
«aunque el país no lo reconozca», explicó la ministra de Sanidad. «Un
caso típico es el de un país que recibe a un viajero con una enfermedad
contagiosa, cuyo país de origen no ha notificado. La OMS, entonces
tendría derecho a actuar a nivel mundial, sin el apoyo del país
afectado», puso como ejemplo. Este ha sido uno de los más puntos más
controvertidos del documento.
Fuente: ABC
24.05.05
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