El
sueldo de los militares sube un 7,2% de media el 1 de noviembre e 2005
El Gobierno tiene
previsto aprobar hoy las nuevas retribuciones
Las retribuciones de los
militares aumentarán un 7,2% de media en aplicación del nuevo reglamento
de retribuciones que hoy tiene previsto aprobar el Consejo de Ministros
y que tendrá efectos retroactivos a partir del pasado día 1. La
subida afectará a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, pero el
mayor incremento, superior al 10%, corresponderá a los empleos de
brigada, sargento primero y sargento.
El nuevo decreto de retribuciones responde al acuerdo aprobado el pasado
2 de septiembre por el Gobierno para incrementar en 450 millones de
euros a lo largo de los próximos tres años la masa salarial del personal
militar. De la partida incluida en los presupuestos de 2006, por valor
de 200 millones, se beneficiarán los 177.462 efectivos de las Fuerzas
Armadas, incluidos los 20.000 en reserva.

Ello se debe a que el
aumento se aplicará sobre dos complementos que cobran todos los
militares: el de empleo, equivalente al de destino de los funcionarios
civiles, y el componente general del específico.
La subida no será, sin embargo, lineal. Los generales tendrán un aumento
medio del 2,7%, y los suboficiales, del 9,4%, pues priman los escalones
inferiores de la cadena de mando, tradicionalmente mal pagados.
Soldados, cabos, cabos primero, sargentos y sargentos primero subirán un
punto su complemento de empleo.
Este incremento es independiente del 2,7% que, el próximo 1 de enero,
subirá el sueldo de los militares, como el de todos los demás
funcionarios.
La mejora salarial se completará en los ejercicios de 2007 y 2008,
en los que está previsto dotarla con 200 y 50 millones
respectivamente. Su aplicación será más compleja, pues no afectará como
la actual a todos los miembros de las Fuerzas Armadas, sino que primará
la especial responsabilidad, preparación técnica, disponibilidad,
peligrosidad o penosidad de determinados destinos, al margen del empleo
de quien lo ocupe.
Una de las novedades del decreto de retribuciones es la reforma
del componente singular del complemento específico, que
deja de estar ligado al empleo para vincularse al puesto de trabajo. Los
cuatro tipos que actualmente hay de componente singular se amplían hasta
35, que irán de un mínimo de 25 a un máximo de 1.395 euros mensuales. La
plantilla de destinos militares, que será aprobada por el Consejo de
Ministros, asignará un nivel a cada puesto.
Los militares destinados en el extranjero recibirán un complemento
específico, sin componentes, que irá desde 1.747,32 euros mensuales
para teniente general o almirante hasta 98,60 para soldado o marinero.
Los militares destinados en el órgano central del Ministerio de Defensa
recibirán el complemento asignado a su empleo cuando su puesto de
trabajo tenga un nivel inferior.
Tal como ocurre ahora, los militares que participen en operaciones de
apoyo a la paz o ayuda humanitaria en el extranjero recibirán una
indemnización que fijará el Ministerio de Defensa según el tipo de
misión y el país donde se desarrolle.
El decreto prevé el pago de una indemnización para el personal que
participe en navegaciones, maniobras o ejercicios -y no sólo en
navegaciones en el extranjero-, cuya cuantía fijará el ministro de
Defensa a propuesta de la Comisión Superior de Retribuciones Militares.
Este organismo, presidido por el subsecretario de Defensa, podrá
modificar las retribuciones ligadas a los puestos militares, previo
informe favorable del Ministerio de Economía y Hacienda cuando suponga
incremento de gasto.
El nuevo reglamento
no sólo deroga el aprobado en junio de 2001, sino
también un decreto del Ministerio de la Guerra de 7 de diciembre de 1892
y una orden del Ministerio de Marina de enero de 1885, que han estado
vigentes más de un siglo.
Fuente: El País
04.11.05
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