Seguridad
Industrial y Prevención de Riesgos
Laborales
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Un juez afirma que los
constructores deben velar contra las imprudencias de sus obreros
Una sentencia
condena a cuatro responsables de una obra por la muerte de un operario
Los empresarios de
la construcción tienen la obligación de velar por la seguridad
y proteger a los obreros incluso de sus propias negligencias. Así se
indica en una sentencia del Juzgado de lo Penal 20 de Madrid, que
condena a cuatro responsables de una obra por la muerte en 1998 de un
trabajador que cayó por el hueco de un ascensor desde una altura de 15
metros. Al arquitecto técnico y coordinador de seguridad de la obra le
impone 22 meses de cárcel por un delito de homicidio imprudente y de
otro contra los derechos de los trabajadores. A los otros tres
condenados (el consejero de la empresa Melden, el jefe de obra y el
encargado) les impone 18 meses por los mismos delitos.
El juez, Ramón Sáez, reprocha especialmente la ausencia por vacaciones
del coordinador de seguridad de la obra, Luis Alberto Prieto, "que
abandonó" la construcción "durante dos semanas", y momento éste en que
se produjo el "fatal accidente".
El juez destaca que el 10 de septiembre de 1998 la obra de un edificio
de 82 viviendas de Tres Cantos se hallaba en su última fase. Y que cerca
de las seis de la tarde se encontraba en la quinta planta del edificio
el operario Antonio Sampayo Gutiérrez, pintor y empleado de la empresa
Herrín (subcontratada para esa tarea).
Sampayo necesitaba subir al sexto piso la maquinaria que utilizaba para
pintar el hueco de ascensores. El trabajador usó la plataforma superior
de la cabina de uno de los dos ascensores de la obra, perdió el
equilibrio y cayó por el hueco desde una altura de 15 metros; es decir,
se subió encima de uno de los dos ascensores que había en la obra (que
estaba a la altura del quinto piso) y cayó por el hueco que dejaba el
otro ascensor. Ambos ascensores, en fase de instalación, estaban en
paralelo. El segundo ascensor estaba en la planta baja del edificio, por
lo que entre ambos quedaba un hueco. El operario quedó parapléjico y
murió el 2 de diciembre de ese año.
El juez explica que los responsables de la obra habían dado
instrucciones para que los ascensores, situados en paralelo, no fueran
utilizados para transportar materiales, sino para pintar la pared del
hueco en que se hallaban. No podía haber un ascensor en una altura y
otro en otra. Debían utilizarse los dos a la vez, en paralelo (se movían
mediante un mando), y sólo para pintar el hueco de pared que los
envolvía. Aunque ésas eran las instrucciones de los técnicos, "no se
adoptaron otras cautelas necesarias para evitar daños a la vida y salud
de los trabajadores que los usaran", señala el juez. Por ejemplo,
"barandillas perimetrales con rodapiés y otras medidas para el caso de
que los ascensores, en contra de las instrucciones dadas, se desplazaran
individualmente". Tampoco se dispusieron los preceptivos cinturones de
seguridad.
En este caso, explica el juez, la víctima no se puso "en peligro
conscientemente, sino que empleó los medios que había en el centro de
trabajo para desplazar una maquinaria pesada a la planta superior".
Además, añade el juez, "tenía 50 años, estaba terminando la jornada,
estaba cansado y quería concluir". El juez sentencia: "Es
incuestionable
que si la empresa no hubiera hecho funcionar los ascensores, puesto que
aún no había concluido el proceso de montaje y no estaban autorizados, o
bien hubiera tenido el cuidado de proteger la plataforma del techo con
barandillas, el señor Sampayo no habría sufrido el accidente".
Advertencia insuficiente
Entiende el magistrado que los acusados (José Antonio Estradera,
consejero de la empresa Melden; Ángel Fernández, jefe de obra, y Juan
Pedro Aliaga, encargado) tenían "cualificación técnica suficiente para
identificar los riesgos y planificar las medidas de prevención adecuadas
(...), y deberían conocer los métodos de construcción y seleccionar los
más adecuados para la vida de los trabajadores (no el más barato)". La
advertencia de los técnicos a los trabajadores de que ambos ascensores
debían moverse al unísono no es suficiente, según el juez Ramón Sáez.
Por otro lado, la Fiscalía pide un año de cárcel por un delito contra el
derecho de los trabajadores para seis responsables de una obra por el
accidente que supuso gravísimas heridas a Gonzalo Gonzalo García, que
cayó desde una altura de cuatro metros en un edificio de la calle de Vía
Límite, en Madrid. El operario cayó por un hueco del bloque de pisos
mientras realizaba tareas de desencofrado porque las tarimas de paso de
la obra que aislaban el hueco no se hallaban unidas con los debidos
puntales. El trabajador carecía del obligado arnés de seguridad. Estuvo
de baja durante 246 días y le han quedado serias secuelas. El juicio se
celebrará el próximo día 10 en la Audiencia de Madrid.
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El fiscal jefe de delitos
laborales califica de "irrisoria" la persecución penal de los
accidentes en el trabajo |
El juez Ramón Sáez considera
"de todo punto injustificada" la dilación que ha sufrido el
procedimiento por la muerte en Tres Cantos del obrero Antonio
Sampayo. El juicio ha salido siete años después del suceso, pese
a que a los nueve meses de iniciarse el proceso la investigación
estaba finalizada.
El fiscal jefe de delitos laborales de Madrid, Pedro Martínez,
asegura que hasta junio el total de accidentes de trabajo con
baja médica se eleva en España a 459.934; es decir, 39.140
accidentes más que en el mismo periodo del año anterior (más de
un 9% de incremento). Opina Martínez que tales datos "evidencian
lo irrisorio de la persecución penal de estas conductas, así
como el grado de desprotección de nuestros trabajadores". Afirma
que, en la actualidad, "la lentitud de la justicia penal, en vez
de suponer una satisfacción para las víctimas y familiares,
supone un agravio más en la lista de sinsabores".
La causa de la esta lentitud en la tramitación de los procesos
laborales es que la justicia "está muy focalizada en torno a los
juicios rápidos, que quitan mucho tiempo a los jueces para
investigar otras causas más complejas". Para Martínez, "es
indispensable no permanecer impasibles ante una siniestralidad
laboral que se incrementa un 10% al año. Hay que destinar más
recursos económicos para crear más plazas de inspectores,
dotarles de medios técnicos adecuados, crear juzgados y una
verdadera fiscalía especializada. Con seis especialistas sería
suficiente para la Comunidad", apostilla.
Martínez sostiene: "Hay que tomarse en serio el mundo del
trabajo y establecer las medidas de vigilancia y control sobre
la actividad laboral que aseguren el cumplimiento de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales".
Añade: "De nada sirve que la fiscalía mejore sus canales de
comunicación con la Inspección de Trabajo y los sindicatos, o
que se incremente el número de denuncias en un 20%, si después
se carece de capacidad de investigación y persecución". "La
justicia penal, debido al pacto para barrer la calle de la
pequeña delincuencia, está dejando casi impune, por las
dilaciones, a la grande, a la del empresario delincuente que
incumple las normas de prevención generando riesgo para los
trabajadores", concluye. |
Fuente: El País
08.11.05
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