Belt Ibérica S.A. Analistas de Prevención

- Menú -

HOME

Noticias...
Se busca...
Eventos...
Legislación...
Bibliografía...
Artículos...

> MAPA del WEB <

Su opinión...

Envíenos la noticia o el comentario que desee.

 

 

Noticias Profesionales

  

Noticias

Jueves, 17 de noviembre de 2005


Seguridad Industrial y Prevención de Riesgos Laborales

Técnicos habilitados en prevención de riesgos laborales

Se regula la actuación de los técnicos habilitado en matera de prevención de riesgos laborales

 

El pasado día 23 de septiembre entró en vigor el Real Decreto 689/2005, de 10 de junio, por el que se regula la actuación de los técnicos habilitados en materia de prevención de riesgos laborales, como colaboradores de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social en la lucha contra la siniestralidad laboral.

Esta medida no sólo supone un incremento cuantitativo importante del número de inspectores (los 800 actuales pasarán a ser 1.100), sino que, además, intensifica la colaboración entre los funcionarios de la Administración general del Estado y de las autonomías.

Esta normativa, entre otras cosas, faculta a los técnicos habilitados para examinar la documentación, memorias e informes técnicos relacionados con las condiciones materiales y de seguridad, así como sobre la organización preventiva, el plan de prevención, la evaluación de riesgos, la planificación preventiva y demás cuestiones relativas a la gestión de la prevención.

El Real Decreto modifica el Reglamento de organización y funcionamiento de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social y el Reglamento general sobre procedimientos para la imposición de sanciones por infracciones de orden social y para los expedientes liquidatorios de cuotas a la Seguridad Social.

Las Comunidades Autónomas cooperarán en el diseño e impartición de cursos específicos destinados a los técnicos habilitados, con especial incidencia en aspectos jurídicos relacionados con la normativa aplicable, el régimen de responsabilidades y las obligaciones de los empresarios y el procedimiento sancionador que puede iniciarse a consecuencia de sus actuaciones.

Fuente: Revista ERGA
Número 90 de 2005

Noticias relacionadas:

* Más ingenieros en la Inspección de Trabajo (05.10.05)
* Los sindicatos piden obras más vigiladas (16.09.05)
* La tragedia de la calle del Sauce (06.09.05)
* La falta de regulación, principal causa de la siniestralidad laboral (30.06.05)
* Informar y formar para reducir riesgos (10.06.05)
* La Comunidad de Madrid destina 2 millones de euros para prevenir accidentes laborales en las empresas (06.06.05)
* Medidas de seguridad laboral «más allá de las reglamentarias» (02.06.05)
* Los sectores de la construcción y servicios copan el 85% de los accidentes laborales en Málaga (17.05.05)
* La patronal de la construcción crea un registro de las compañías más seguras en las obras (12.05.05

*
Coordinación preventiva en la construcción (28.03.05)
* Paro total en el sector de la construcción de Burgos por la muerte de siete trabajadores (14.01.05)

© BELT.ES  Copyright. Belt Ibérica, S.A. Madrid - 2004. belt@belt.es