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Videocontrolados
La vigilancia con
cámaras en espacios públicos aumenta en paralelo a la amenaza del
terrorismo en Occidente
Ocho de la mañana de un
día cualquiera, en cualquier país desarrollado. Un ciudadano cierra la
puerta de casa, sale a la calle. Ese sencillo gesto le convierte en el
protagonista de una extraña película, que le seguirá mientras sale de su
urbanización, mientras coge el metro o el tren, mientras entra en su
empresa y trabaja. Su mujer protagonizará simultáneamente otra película,
con escenarios distintos. Un atasco, la compra en un supermercado, la
cola en el banco, o la entrada a su propio trabajo. Los dos seguirán
videovigilados el sábado, cuando vayan al cine, y el domingo, en un
partido o en un concierto. Normalmente, no se enterarán de ello, ya que
en la mayor parte de los casos las zonas vigiladas no están señalizadas
ni registradas. Y en alguna ocasión podrían preguntarse: ¿quién vigila a
los vigilantes?

La respuesta a esa
pregunta, como el equilibrio entre interés a la seguridad y derecho a
la intimidad, es difícil de encontrar. En España particularmente, ya
que la videovigilancia está regulada sólo cuando es para fines
policiales. Eso a pesar de que una ley de 1997 emplazara al
Gobierno a extender al sector privado los principios y las garantías
establecidos para el área de la seguridad nacional, en el plazo de un
año.
Mientras se buscan las respuestas, las preguntas se multiplican
vertiginosamente, ya que la proliferación de los ojos mecánicos
-privados y públicos, en España y en Europa- sigue, empujada por el
deseo de seguridad. El Gobierno francés anunció hace tres semanas un
proyecto de ley para instalar unas 20.000 cámaras más en París. En
Londres, una de las ciudades más videovigiladas del mundo, la gran
cantidad de grabaciones disponibles resultó decisiva para el desarrollo
de las investigaciones relacionadas con los atentados de julio. Y en
España, por ejemplo, el alcalde de Madrid, Alberto Ruiz-Gallardón,
anunció el pasado julio su intención de vigilar con cámaras la plaza
Mayor.
El número exacto de cámaras que contribuyen a la extraña filmografía que
nos tiene por protagonistas no es conocido, ya que no existen registros.
Sólo se pueden dar cifras puntuales. En el metro de Madrid, por ejemplo,
hay unas 3.000, según la empresa. En las estaciones de trenes españolas,
unas 4.500. En ambos casos se trata de cifras en aumento, sobre todo
después del 11-M. Pero, más allá de los datos puntuales, es evidente que
el fenómeno se extiende y que a nadie se le niega el honor de
protagonizar ese tipo de películas.
La voz del Defensor del Pueblo
Ante la pasividad de los Gobiernos españoles en el tema de
videovigilancia privada, el Defensor del Pueblo hizo oír más de una vez
su voz para exigir una regulación completa y detallada. "La disposición
de 1997 que emplazaba al Gobierno a disciplinar la materia en el plazo
de un año es un precepto de enorme interés, pues establece también la
extensión a las empresas y demás entidades de los principios adoptados
para las fuerzas de seguridad. Sin embargo, esta previsión se incumple
desde 1998 y el Ministerio del Interior nos señala que el borrador de
Real Decreto que empezó a desarrollarse en 2003 sigue sin avanzar
significativamente", subraya la adjunta primera del Defensor del Pueblo,
María Luisa Cava de Llano y Carrió. Ni el Ministerio del Interior ni el
Partido Popular, que ocupó los gobiernos de 1996 a 2004, han querido
hacer comentarios sobre ese incumplimiento.
Entre las medidas previstas para la disciplina de la videovigilancia
policial destaca la creación de comisiones a escala autonómica que
decidan si se pueden instalar las cámaras. Estas comisiones,
presididas por el presidente del Tribunal Superior de Justicia de la
comunidad correspondiente, representan una respuesta a la pregunta
¿quién vigila a los vigilantes? Sin embargo se trata de una respuesta
parcial, ya que no cubre el ámbito privado.
La otra institución fundamental que defiende el derecho a la
intimidad es la Agencia de Protección de Datos (AGPD). Jesús Rubí,
el director adjunto, explica que "si es cierto que no se ha adoptado una
normativa general que cubra la videovigilancia privada, eso no significa
que el ciudadano quede desprotegido, porque a ese sector se le aplican
los principios generales del ordenamiento. Las imágenes captadas, cuando
identifican o hacen identificable a una persona, se consideran datos
personales. Por tanto, aunque no haya una normativa sobre
videovigilancia privada, esas imágenes están sometidas a las normas y
garantías previstas por el tratamiento de datos personales. Entonces la
normativa general que no se ha adoptado sería oportuna, pero ni
imprescindible ni urgente", prosigue.
El ciudadano entonces no está desprotegido. Sin embargo, quizás
podría estarlo mejor, ya que actualmente la instalación de cámaras
privadas no está sometida a autorizaciones, ni registro. Y que no hay un
control sobre qué pasa después con las cintas. Está previsto que se
borren entre 15 y 30 días después de grabarse, según los casos, pero no
hay un control efectivo de que así se haga.
Eugenio Llamas, catedrático de Derecho Civil en la Universidad de
Salamanca y especialista en la materia, coincide con Rubí. "Hablar de
vacío legislativo sería incorrecto. Es oportuno legislar, pero no hay
una necesidad imperiosa. Por otra parte, sería oportuno que se
respetaran las normas que ya hay: la jurisprudencia señala que, incluso
cuando está previsto el control de las comisiones, a veces las cámaras
se instalan sin autorización". Además, dice Silvia Vernia, asesora del
Defensor del Pueblo de Cataluña en la materia, "las comisiones de las
que depende la autorización no tienen poder de sanción en caso de que no
se respeten sus decisiones".
Posibles violaciones
Ante ese escenario, ¿de qué forma puede afectar a los ciudadanos la
videovigilancia? Ricard Martínez, doctor en Derecho de la Universidad de
Valencia y especialista en la materia, advierte que "el problema
fundamental es establecer límites. Una cámara en el metro
sirve para la seguridad, pero también puede utilizarse para ver qué
periódico leo y desvelar mi orientación política. Igual no me apetece y
me afecta que la empresa municipal sepa a quién voto. O que la
videocámara que vigila la entrada de un banco grabe también mi portal,
que está enfrente. Ellos tienen derecho a garantizar su seguridad, pero
no a grabar cómo y con quién entro y salgo de mi portal. Por eso cuanto
más esté definida la legislación, mejor".
La detención de un presunto violador la semana pasada en Barcelona
gracias a las grabaciones de la videocámara de un banco que vigilaba
también un trozo de calle cercano al lugar del delito ilustra a la
perfección la ambivalente naturaleza de la presencia de las cámaras. Y
que su utilidad no reside sólo en la prevención, sino también en la
ayuda a la investigación.
Los hechos de Londres lo confirman.
Sobre esa base se apoya la difusión del fenómeno y, a un ritmo
directamente proporcional, de los conflictos relacionados. "Durante el
último año han aumentado los casos estudiados por la AGPD", advierte el
director adjunto.
Más allá de la conflictividad puntual, existen grupos y asociaciones que
se enfrentan radicalmente al concepto de videovigilancia. Guillermo
Gracia, miembro de Souriez, Vous Êtes Filmés (Sonría, Está Siendo
Filmado), asociación francesa considerada una de las más activas en
Europa, opina que "hay que considerar la videovigilancia como parte
de un preocupante contexto, en el que se expande la posibilidad de
control sobre los ciudadanos con la justificación de aumentar la
seguridad. La gente dice que al final le da igual que se la grabe, ya
que no tiene nada que esconder. Pero esa actitud avala legislaciones
cada vez más permisivas".
Mientras, la película sigue.
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La vigilancia en el ámbito
laboral |
Un ámbito potencialmente
conflictivo en tema de videovigilancia es el laboral. "El año
pasado la Agencia de Protección de Datos sancionó un caso
significativo: una empresa de seguridad que vigilaba de forma
abusiva a sus trabajadores, los vigilantes que controlaban las
pantallas conectadas a las videocámaras instaladas en un museo",
recuerda Jesús Rubí, director adjunto de la Agencia. El
empresario tiene derecho a videovigilar y, eventualmente, a
tomar medidas disciplinarias utilizando pruebas grabadas. Pero
hay que respetar unos límites y, sobre todo, la dignidad del
trabajador. Por lo tanto, quedan prohibidas las grabaciones
ocultas o en vestuarios, áreas de descanso y servicios.
En términos generales, Toni García, responsable de acción
sindical de la Federación de Comercio, Hostelería y Turismo de
CC OO, observa que se trata de una materia "que actualmente no
es conflictiva. Lo fue hace unos años, pero ya no. Y hay casos
en los que consideramos hasta necesaria la instalación de
cámaras, para garantizar la seguridad de los trabajadores".
Francisco Vaquero, de la Federación Servicios Financieros de CC
OO, advierte que el sindicato "ha pedido reiteradamente que se
regule a fondo la materia, sin obtener respuesta". A pesar de
ello, Vaquero coincide con García en que hoy día "los
empresarios utilizan correctamente la videovigilancia". |
Fuente: El País
11.09.05
Suplemento
temático: LOPD
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